La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ha publicado el padrón definitivo correspondiente al ejercicio 2022 de vehículos que tributan por el impuesto sobre las emisiones de CO2. Conoce cómo consultar los datos y realizar el pago.
La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ha dado a conocer el padrón definitivo de vehículos que deberán tributar por el impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono (CO2) durante el ejercicio 2022. Este impuesto tiene como objetivo gravar las emisiones de CO2 generadas por turismos, furgonetas y motocicletas, debido a su impacto directo en el efecto invernadero y el calentamiento global.
Para consultar los datos del padrón definitivo y conocer la cuota a pagar, los titulares de vehículos deberán acceder a la sede electrónica del ATC. Las instrucciones para la consulta varían según el número de vehículos en posesión.
En el caso de un único vehículo, se deberá ingresar el NIF y la matrícula correspondiente.
Si se poseen más de un vehículo, se requerirá identificación digital mediante el idCAT Móvil u otro certificado digital.
El pago de la cuota correspondiente puede realizarse de diferentes maneras.
Para aquellos que tengan el pago domiciliado, éste se realizará automáticamente el día 20 de noviembre.
Si el pago no está domiciliado y se ha tributado el año anterior, se podrá abonar en el momento de realizar la consulta a través de la web.
Además, el titular recibirá en su domicilio una carta informativa junto con una carta de pago con el importe a ingresar, y tendrá hasta el 20 de noviembre para realizarlo.
En el caso de vehículos de nueva tributación, el pago se deberá efectuar según la fecha indicada en la notificación que el titular recibirá en su domicilio.
También se puede consultar la carta informativa a través de las Notificaciones electrónicas de la sede electrónica de la ATC, utilizando el idCAT Móvil u otro certificado digital.
En caso de encontrar algún dato incorrecto en la notificación, se podrá interponer un recurso accediendo a la página de consulta del padrón.
Las opciones de pago disponibles son las siguientes: a través de la consulta del padrón definitivo en la sede electrónica del ATC, utilizando tarjeta, cargo en cuenta corriente o Bizum; llamando al teléfono 012 con pago automatizado; en entidades financieras colaboradoras; en las oficinas de Correos; y en todas las oficinas y delegaciones de la ATC, con cita previa.
En cuanto a quiénes deben pagar el impuesto, se establece que tanto personas físicas como jurídicas que hayan tenido domicilio fiscal en Cataluña durante el año 2022 y hayan sido titulares de un vehículo (turismo, furgoneta o motocicleta) deberán hacerlo.
Además, las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña pero que hayan tenido un establecimiento, sucursal u oficina y sean titulares de algún vehículo domiciliado en Cataluña también están sujetas al pago.
Por otro lado, existen algunas excepciones en las que no se está sujeto o se está exento del pago del impuesto.
Los vehículos 100% eléctricos, los ciclomotores, camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, y los autocares y vehículos autorizados a transportar a más de 9 personas (incluyendo al conductor) no están sujetos al pago.
Por su parte, aquellos vehículos adaptados para la conducción de personas con movilidad reducida, con matrícula de vehículo histórico y los vehículos clásicos, así como las cuotas de importe inferior a 6 euros, están exentos del impuesto.