Este viernes entra en vigor la nueva Ordenanza de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Domésticos de Zaragoza, renovando la regulación municipal y adaptándola a las leyes estatales. Conoce las novedades y las sanciones establecidas.

y adapta el contenido de la regulación municipal a la Ley estatal 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular
La nueva Ordenanza renovará la actual, que data de 1986, y adapta el contenido de la regulación municipal a la Ley estatal 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, siguiendo -además- las directrices que marca la Ley de Bases de Régimen Local y armonizándose con otras ordenanzas aprobadas con posterioridad, como la de Terrazas y Veladores o la de Protección y Tenencia de Animales de Compañía.
La nueva consejera de Medio Ambiente y Movilidad, Tatiana Gaudes, se ha felicitado del "gran trabajo realizado en la anterior Corporación, que permite que #Zaragoza disponga, por fin, de una Ordenanza actualizada que armoniza nuestra norma con otras de rango superior.
Además -ha añadido- incluye elementos más acordes con la actual sensibilidad medioambiental y sanitaria: el reciclaje y la recuperación de residuos, así como la implantación en próximos meses de la recogida selectiva de materia orgánica, hacían imprescindible esta actualización".
El nuevo texto -ha concluido Gaudes- permitirá también "perseguir las acciones incívicas que generan no sólo suciedad sino también malestar en la gran mayoría de los ciudadanos, que sí cumplen con el debido cuidado y respeto.
En todo caso, nuestro objetivo en sí mismo no es sancionar, sino concienciar y difundir entre la ciudadanía esa imprescindible sensibilidad con la limpieza y el respeto a los espacios comunes".
Algunas novedades incluidas en la Ordenanza
Entre algunos de los elementos ahora incluidos o ampliados, figuran:
- Se prohíbe abandonar en la vía pública, o en general, cualquier tipo de residuo, así como realizar cualquier otra conducta que pueda ensuciar la vía o espacios públicos.
- Queda expresamente prohibido arrojar colillas y cualquier otro tipo de basura al suelo; hacerlo desde los vehículos, estén parados o en marcha; hacerlo, asimismo, desde ventanas, balcones, terrazas o similares; tender ropa o regar plantas produciendo molestias o ensuciando la vía pública (el riego en balcones se fijará de 22,00 a 8,00 horas); o dar de comer a los animales por consideraciones de índole sanitaria.
Otro aspecto importante en este terreno es la prohibición expresa de depositar residuos fuera de los contenedores; rebuscar o extraer residuos de contenedores o papeleras; depositar colchones, sillas, muebles o electrodomésticos fuera del horario establecido para ello y sin que se haya solicitado dicho servicio (a través del 010); o verter en las alcantarillas cualquier cosa que pueda ser contaminante o dañina.
La nueva Ordenanza presta especial atención a la presencia de heces (humanas y caninas) en la vía pública. Será obligatorio recoger las cacas de las mascotas y, además, limpiar los orines con agua; y también se sancionará el escupir y satisfacer necesidades fisiológicas en la vía pública.
El nuevo texto recoge, asimismo, otras obligaciones ya presentes en otras ordenanzas, como la de Terrazas y Veladores, que obliga a incorporar recipientes en cada mesa para evitar la caída de residuos al suelo o la limpieza de los espacios utilizados.
También sobre las obligaciones de los propietarios de solares en su limpieza y vallado.
Tipología de las infracciones y multas
En cuanto a las infracciones, se califican en Muy Graves, Graves y Leves. En todo caso, el procedimiento administrativo en cada caso quedará supeditado a que, conocida la identidad del sujeto y hechos y fundamentos suficientes, se pueda iniciar un trámite penal.
Esto sucedería, por ejemplo, en el caso de quema de contenedores y la realización en general de actos vandálicos; o en la realización de graffitis en bienes de servicio público o en bienes de interés cultural.
En función del tipo de daño ocasionado y la gravedad que se determine, las multas podrían ir de 1.501 a 3.000 euros en el caso de infracciones muy graves; de 751 a 1.500 en las graves; y de 50 a 750 euros en las leves.