Se aprueba un nuevo decreto ley en Cataluña que busca acelerar la edificación de viviendas protegidas mediante diversas medidas administrativas y urbanísticas.

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Recientemente, el Gobierno de Cataluña ha dado un paso significativo en la lucha por la vivienda asequible al aprobar un decreto ley que modifica varios textos legales.

Este texto busca agilizares la construcción de viviendas protegidas y, de este modo, ampliar el parque de vivienda asequible en la comunidad. A continuación, se detallan las principales medidas introducidas por esta normativa.

Uno de los aspectos más destacados del decreto se refiere a la obra pública. Se han reducido los plazos para las obras cuya competencia recae en la Generalitat, lo que permitirá a las administraciones actuar con mayor rapidez en la edificación de este tipo de vivienda.

El Instituto Catalán del Suelo (INCASOL) asume un papel central en este proceso al destinar las fianzas depositadas a la construcción de viviendas públicas, especialmente en régimen de alquiler.

Esta modificación es crucial para garantizar que los fondos disponibles se utilicen de manera eficiente en la creación de vivienda accesible.

En lo que respecta a la normativa de vivienda, el decreto amplía los ámbitos en los que las administraciones pueden ejercer su derecho de tanteo y retracto.

Esto implica que la Generalitat podrá adquirir viviendas que pertenezcan a grandes tenedores, asegurando así que estas propiedades se destinen como vivienda de protección oficial de manera permanente.

Además, las personas que se encuentren inscritas en el Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial se beneficiarán de una reducción en los trámites necesarios para acceder a promociones específicas.

Otra novedad relevante es la categorización como infracción grave la negativa a suministrar información a la administración sobre el registro de viviendas vacías o de aquellas que están ocupadas.

Esto tiene por objetivo mejorar la transparencia y la gestión del parque de viviendas disponible. Asimismo, se garantiza la puesta en marcha del registro de grandes tenedores de vivienda, lo que facilitará un control más exhaustivo sobre estos propietarios.

En el ámbito urbanístico, se habilita la construcción de viviendas protegidas mediante una licencia básica, simplificando el proceso administrativo.

Por otro lado, las urbanizaciones levantadas en suelo no urbanizable, principalmente aquellas construidas entre 1956 y 1981, deberán ser regularizadas mediante planes especiales urbanísticos para adaptarse a la normativa actual.

De igual forma, se refuerza la responsabilidad del titular de una explotación rústica que resida en la vivienda de dicha explotación. Si un descendiente desea implementar o reutilizar una construcción para destinarla a vivienda, deberá cumplir con ciertas obligaciones. También se han propuesto medidas para convertir suelo urbanizable no delimitado en solar, y así facilitar su uso para edificación.

Finalmente, el decreto promueve la instalación de sistemas de energía renovable en parcelas de suelo urbano, fomentando un desarrollo sostenible y una mayor conciencia ecológica en la construcción de viviendas.

Esta ley representa un avance significativo para abordar la crisis de vivienda en Cataluña, reflejando un compromiso por parte del gobierno regional hacia un futuro más accesible para sus ciudadanos.