La normativa vial en Argentina permite conducir con diferentes tipos de calzado, pero en Mendoza está prohibido usar ojotas o sandalias abiertas. Las multas por incumplir esta regla pueden alcanzar los 650 euros aproximadamente.

Con la llegada de las altas temperaturas en verano, muchos conductores en Argentina optan por calzarse con sandalias, ojotas o incluso conducir descalzos para mayor comodidad.

Sin embargo, surge la pregunta: ¿es legal manejar con cualquier tipo de calzado? La normativa vial nacional, establecida por la Ley de Tránsito N° 24.449, indica que los conductores deben mantener un control total del vehículo, garantizando así la seguridad propia y de terceros. Sin embargo, no especifica expresamente qué tipo de calzado es permitido o prohibido, ni prohíbe conducir descalzo.

No obstante, las regulaciones varían en algunas provincias del país. En Mendoza, por ejemplo, desde 2018, la Ley de Tránsito N° 9.024 en su artículo 18 prohíbe expresamente que los conductores circulen con ojotas o sandalias abiertas. La normativa mendocina indica que el calzado debe ser apropiado para garantizar un manejo seguro, lo que suele entenderse como calzado cerrado o que, si es abierto, debe sujetar firmemente todo el pie y contar con suela antideslizante.

El principal motivo de esta restricción es la seguridad. Usar ojotas o sandalias abiertas puede poner en riesgo al conductor, ya que estos calzados no aseguran un correcto contacto con los pedales. En la práctica, el pie puede deslizarse o engancharse con el pedal, dificultando la acción sobre el acelerador, freno o embrague. Este tipo de calzado aumenta la probabilidad de accidentes, especialmente en situaciones de emergencia o maniobras bruscas.

Por ello, la Agencia Nacional de Seguridad Vial recomienda siempre el uso de calzado cerrado al conducir. Este tipo de calzado garantiza una mejor adherencia y precisión en el manejo, ayudando a evitar errores que puedan derivar en accidentes. En este sentido, la opinión de expertos en seguridad vial sostiene que evitar sandalias y ojotas es una medida recomendable para reducir riesgos.

Respecto a las sanciones, en Mendoza conducir con ojotas o sandalias abiertas se considera una falta que puede acarrear multas económicas distintas dependiendo de la gravedad de la infracción.

Según datos oficiales, el valor de la Unidad Fija (UF) en Mendoza es de aproximadamente 0,35 euros (equivalente a 420 pesos argentinos). Si un conductor incurre en esta infracción, las multas pueden variar desde alrededor de 14 euros (equivalente a 42.000 pesos) para faltas leves, hasta aproximadamente 154 euros (650.000 pesos argentinos) en casos severos o reincidencias.

Las multas en Mendoza se clasifican en diferentes niveles: leves, graves, gravísimas y multas por concurso de faltas. En todos los casos, el monto aumenta si el conductor comete varias infracciones en una misma acción o en un mismo día. Las sanciones económicas buscan promover un comportamiento responsable en la vía pública y reducir los riesgos de accidentes relacionados con el uso inadecuado del calzado al conducir.

En resumen, mientras que en el ámbito nacional no existe una prohibición exactamente especificada sobre calzado al conducir, en Mendoza sí es obligatorio utilizar calzado apropiado, siendo las ojotas y sandalias abiertas consideradas ilegales para la conducción.

Ignorar esta regulación puede significar multas que, convenido el tipo de cambio actual, superan los 650 euros, una cantidad significativa que busca incentivar la seguridad y la responsabilidad en las calles argentinas.