Venezuela podría vivir un giro de mando: Delcy Rodríguez podría asumir la presidencia encargada tras supuesto ataque de EE. UU.
Análisis de una noticia que señala, supuestamente, que el TSJ ordenó que Delcy Rodríguez asuma como presidenta encargada tras una acción atribuida a Estados Unidos. Se reconstruye la versión oficial, se aportan datos históricos y se señalan posibles reacciones políticas.
El Tribunal Supremo de Justicia de #Venezuela habría difundido un comunicado que recoge la posibilidad de designar a Delcy Eloína Rodríguez Gómez
supuestamente, el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela habría difundido un comunicado que recoge la posibilidad de designar a Delcy Eloína Rodríguez Gómez, vicepresidenta ejecutiva de la República, para asumir y ejercer como presidenta encargada ante la supuesta ausencia forzosa del presidente Nicolás Maduro, tras lo que, según la versión difundida, fuerzas estadounidenses habrían intervenido en Caracas y en otras zonas del país durante esta madrugada.
Supuestamente, la lectura de esa decisión habría corrido a cargo de la presidenta de la Sala Constitucional, Tania D'Amelio, durante una transmisión obligatoria por radio y televisión.
El documento difundido por la máxima autoridad judicial, según la versión oficial, indicaría que se analizaron los artículos 234 y 239 de la Constitución para esclarecer el régimen jurídico aplicable y garantizar la continuidad administrativa y la defensa de la Nación ante la ausencia forzosa del Presidente.
Supuestamente, el texto subraya que la Constitución no contempla literalmente una situación tan excepcional, atípica y de fuerza mayor, lo que habría llevado a la Sala a actuar de forma cautelar y preventiva.
En esa línea, se afirma que la medida tiene como objetivo preservar la continuidad de las funciones estatales y la defensa de la Nación ante un vacío institucional sorpresivo.
Históricamente, la figura del vicepresidente ha sido objeto de interpretaciones en momentos de crisis institucional en Venezuela. Analistas y juristas, presuntamente, han señalado que los artículos 234 y 239 de la Constitución han sido utilizadas en otros episodios para justificar transiciones temporales, pero que cada caso ha generado debates sobre legitimidad, competencia y límites.
Este episodio se inserta, además, en un contexto de tensiones entre el poder judicial y el ejecutivo, así como en un marco de relaciones internacionales marcadas por sanciones y presión externa que, según fuentes citadas por distintos medios, podrían haber influido en el discurso de seguridad y defensa de la Nación.
Reacciones de la oposición y de analistas no oficiales han sido diversas: unos advierten que una designación de este tipo podría abrir una etapa de disputas institucionales y movilizar procesos políticos o judiciales, mientras otros señalan que, si se confirma, podría redefinir rápidamente la dinámica de poder dentro del gobierno y del Estado.
Presuntamente, estas posturas reflejan una desconfianza generalizada hacia acciones ejecutivas de alcance extraordinario y exigen claridad legal y transparencia en la difusión de cualquier resolución.
En cualquier caso, es importante subrayar que, hasta el momento, no hay confirmación independiente de estos hechos, y que las afirmaciones dependen de comunicados oficiales y de lecturas constitucionales que podrían estar sujetas a interpretación.
supuestamente, la situación podría evolucionar en las próximas horas con nuevas declaraciones oficiales, aclaraciones institucionales y posibles pronunciamientos de actores políticos tanto dentro como fuera del país.