La nueva normativa busca simplificar los procedimientos relacionados con las estadísticas de comercio y garantizar la calidad de los datos estadísticos en el ámbito de la Unión Europea.

El pasado 23 de diciembre de 2024, el Consejo de Ministros de España aprobó un Real Decreto con el objetivo de regular el procedimiento sancionador por el incumplimiento de las obligaciones relacionadas con las estadísticas del comercio internacional de bienes en la Unión Europea, conocidas como estadísticas INTRASTAT. Este movimiento se da en cumplimiento de las exigencias de la Unión Europea, que demanda a sus Estados miembros cumplir con un mínimo de calidad en los datos estadísticos que se generan.

El nuevo reglamento tiene como propósito prestar mayor seguridad jurídica a los operadores económicos y reducir la carga burocrática asociada al cumplimiento de estas obligaciones.

Aun así, se ha aclarado que las pequeñas y medianas empresas (pymes) no se verán afectadas por esta medida, dado que sus volúmenes de exportación e importación generalmente no superan el umbral estipulado en 400,000 euros (aproximadamente 340,000 euros), lo que las exime de presentar la declaración INTRASTAT.

La normativa introduce una simplificación en el proceso, tanto en la tramitación como en la cuantificación de las sanciones.

Por ejemplo, se ha incrementado del 40% al 50% la reducción de las sanciones distintas por medio de la aceptación voluntaria de responsabilidad y el pago anticipado.

Esta medida busca incentivar la conformidad y mejorar la calidad de las estadísticas comerciales obtenidas en España, que son claves para la toma de decisiones a nivel empresarial y gubernamental.

Históricamente, el contexto de las estadísticas de comercio internacional en la Unión Europea ha evolucionado, y desde la implementación del Tratado de Maastricht en 1993, ha sido crucial contar con datos precisos para el análisis económico.

Las estadísticas INTRASTAT son diferentes de las elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística (INE), ya que estas estadísticas abarcan todos los operadores que exceden un volumen comercial específico, eliminando el muestreo.

Este Real Decreto sustituye una normativa anterior que, si bien había sido efectiva, necesitaba una actualización para alinearse con la realidad actual del comercio internacional, simplificando los procedimientos sancionadores y garantizando que las infracciones sean tratadas con mayor claridad y precisión.

Además, esta normativa reglamentaria considera la complejidad inherente a la elaboración de estas estadísticas, lo que requiere un enfoque específico que permita un tratamiento más detallado.

El gobierno destaca la importancia de esta nueva regulación, no solo por su facilitación administrativa, sino porque también responde a la necesidad de cumplir con estándares internacionales y mejorar el entorno empresarial en el país.

Con la inclusión de este nuevo reglamento, se pretende que las empresas, sobre todo las pymes que no se ven obligadas a presentar las declaraciones, puedan centrarse en el crecimiento de sus operaciones sin preocuparse por una carga adicional que podría surgir de la aplicación de sanciones administrativas.

En este sentido, el Gobierno se muestra optimista de que esta iniciativa no solo beneficiará a los operadores involucrados, sino que también contribuirá al desarrollo económico general del país.