El Gobierno español ha aprobado un proyecto de ley para adaptar al marco legal español los acuerdos de fiscalidad internacional y establecer un nivel mínimo global de imposición del 15% para las multinacionales. Esta medida busca luchar contra la planificación fiscal agresiva y seguir las recomendaciones de la OCDE. El impuesto complementario nacional garantizará el cumplimiento de esta tributación mínima en España.

El Gobierno español ha aprobado en primera vuelta el Anteproyecto de Ley que transpone la Directiva europea para garantizar una imposición mínima global del 15% a las multinacionales y grupos nacionales de gran magnitud.

El objetivo de esta medida es adaptar al marco legal español los acuerdos de fiscalidad internacional alcanzados en foros e instituciones globales como el G20, la OCDE y la UE. El propósito es luchar contra la planificación fiscal agresiva de las multinacionales y garantizar una fiscalidad más justa.

Este proyecto de ley establece un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales o los grupos nacionales de gran magnitud, que tengan un importe neto de la cifra de negocios igual o superior a 750 millones de euros.

Este requisito coincide con la exigida a los grupos multinacionales para la presentación de la información país por país, introducida en el ordenamiento jurídico español en 2015. La norma también contempla la exclusión de diversos tipos de entidades en la aplicación de esta tributación mínima, como entes públicos, organizaciones internacionales, organizaciones sin ánimo de lucro o fondos de pensiones.

Como complemento a esta medida, la Directiva comunitaria permite a los Estados miembros optar por aplicar un impuesto complementario que grave a las multinacionales o grandes grupos nacionales que radiquen en su territorio y no alcancen una tributación mínima del 15% en la jurisdicción correspondiente.

En el caso de España, se aplicará dicho impuesto complementario, que tiene tres configuraciones complementarias entre sí:

Impuesto complementario nacional: su finalidad principal es garantizar que las entidades constitutivas del grupo multinacional o nacional de gran magnitud radicadas en territorio español alcancen una tributación mínima del 15% en España.

Por tanto, este impuesto solo se aplicará a aquellos grupos que no lleguen a ese tipo través del impuesto sobre sociedades.

Impuesto complementario primario: se aplicará cuando la matriz de un grupo multinacional se sitúe en España y obtenga rentas de filiales situadas en el extranjero que apliquen un tipo impositivo inferior al 15%. Cuando esto suceda, se activará el impuesto complementario correspondiente.

Impuesto complementario secundario: se trata de un sistema de cierre que se activa cuando algunas de las empresas del grupo multinacional hayan obtenido rentas en el exterior que no hayan sido gravadas al 15%. A diferencia del impuesto complementario primario, este impuesto se aplicará sobre filiales del grupo ubicadas en España, no sobre la matriz.

Una vez aprobado definitivamente el Anteproyecto de Ley, España contará con una fiscalidad más justa, moderna y alineada con la política tributaria internacional.

Este proyecto de ley busca adaptarse a los acuerdos de fiscalidad internacional alcanzados en los foros e instituciones globales, y seguir las recomendaciones de la OCDE y la UE en la lucha contra la planificación fiscal agresiva de las multinacionales.