El Consejo de Ministros ha autorizado los límites de gasto para permitir al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ejecutar los fondos asignados del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha anunciado que el Consejo de Ministros ha autorizado hoy los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros.

Esta medida se lleva a cabo conforme al artículo 41 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Esta autorización tiene como objetivo permitir al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, la ejecución de los fondos asignados del PRTR. El INSST había solicitado esta autorización para fijar los límites máximos de gasto, de modo que puedan ejecutarse los fondos asignados dentro del marco de la Inversión 2 del Componente 11 del PRTR, específicamente en el programa 'Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado.

Otras Actuaciones de Carácter Económico'.

El importe asignado a esta inversión asciende a 199.801,91 euros.

Además, se ha establecido una distribución plurianual que contempla un presupuesto ejecutado en 2021 de 50.019,28 euros, uno ejecutado en 2022 de 76.814,43 euros, ninguno previsto para 2023 y uno previsto para 2024 de 51.243,66 euros.

Las necesidades presupuestarias para hacer frente a los compromisos de gasto en el programa 'Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado.

Otras Actuaciones de Carácter Económico' ascienden a un total de 169.853,45 euros en 2021, 396.009,53 euros en 2022, 154.732,58 euros en 2023 y 289.404,44 euros en 2024.

En este sentido, se destaca que para el gasto imputado a 2024 es necesario autorizar límites de compromiso de gasto en dicho ejercicio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.

Por lo tanto, el presente Acuerdo ha contado con la autorización del Consejo de Ministros en los términos previstos en la propuesta.