El Gobierno de España ha aprobado un Real Decreto que desarrolla los procedimientos contemplados en la DAC 7 para el intercambio de información fiscal entre países de la Unión Europea sobre los operadores digitales. Esta medida busca mejorar la cooperación administrativa en la UE y abordar los desafíos de la digitalización de la economía

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El Gobierno de España ha aprobado este martes un Real Decreto que completa el desarrollo reglamentario de la trasposición de la Directiva UE 2021/514, conocida como DAC 7. Con esta medida se pretende mejorar la cooperación administrativa en la Unión Europea y ampliar dicha colaboración a nuevos ámbitos, con el objetivo de abordar los desafíos que plantea la digitalización de la economía.

La norma establece los procedimientos que deben aplicar los operadores de plataformas digitales y detalla las condiciones de las nuevas obligaciones de registro e información.

Además, se complementa la modificación realizada en la Ley 58/2003, General Tributaria, por la Ley 13/2023, en trasposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo.

Este Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El intercambio de información fiscal entre países de la UE permitirá a las administraciones tributarias recaudar los impuestos de manera más eficiente.

Para ello, se establecen dos tipos de obligaciones: los operadores de plataforma deben aplicar normas y procedimientos de diligencia debida respecto a los vendedores que utilizan sus plataformas, y luego deben declarar esta información a la Administración tributaria española.

Una vez verificada, esta información será intercambiada con el Estado miembro de residencia del vendedor o, en el caso de arrendamiento, con el Estado miembro donde se ubique el inmueble.


La normativa también permite el intercambio de información fiscal con jurisdicciones fuera de la UE, en el marco del Acuerdo Multilateral suscrito en la OCDE. Están obligados a comunicar información los operadores de plataforma registrados en España, en relación a los vendedores que utilizan sus plataformas para llevar a cabo actividades pertinentes.

Sin embargo, existen excepciones para entidades estatales y cotizadas, así como una franquicia para vendedores ocasionales con menos de 30 operaciones anuales y un importe no superior a 2.000 euros.

El Real Decreto también establece qué información debe ser comunicada, incluyendo actividades como arrendamiento de bienes inmuebles, servicios personales, venta de bienes y arrendamiento de medios de transporte.

Los operadores de plataforma deben proporcionar datos sobre los operadores y los vendedores, las actividades realizadas, las cuentas financieras utilizadas y otros detalles relevantes.

En definitiva, esta medida busca fortalecer la cooperación administrativa en la UE y adaptar la legislación española a los cambios provocados por la digitalización de la economía.

Con este Real Decreto, se espera avanzar en la recaudación de impuestos y combatir la elusión fiscal.