El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Reglamento de la Junta Arbitral del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra. Estas modificaciones se deben a los cambios técnicos del convenio y buscan actualizar su contenido. Entre los cambios se encuentran un nuevo procedimiento para la coordinación de competencias inspectoras en el Impuesto sobre el Valor Añadido y la incorporación de nuevas denominaciones de los órganos administrativos. También se establecen procedimientos especiales como el procedimiento abreviado y el procedimiento de extensión de efectos de la resolución firme.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el cual se han realizado modificaciones en el Reglamento de la Junta Arbitral establecida en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.

Esta Junta Arbitral es el organismo encargado de resolver los conflictos relacionados con la interpretación y aplicación del convenio en casos concretos, así como el domicilio de los contribuyentes y los tributos conveniados.

El Reglamento de la Junta Arbitral fue aprobado por Real Decreto en 2006, y se estableció que las modificaciones posteriores se acordarían entre ambas Administraciones implicadas.

En 2017, se realizó una única modificación para adaptar algunas disposiciones a la nueva redacción de algunos artículos del Convenio.

En esta ocasión, las modificaciones en el Reglamento tienen carácter técnico y pretenden adecuar su contenido a los cambios registrados en el Convenio Económico.

La Ley 22/2022 incorporó cambios que afectan a la Junta Arbitral, lo que hizo necesaria la revisión de ciertos aspectos del Reglamento.

El Real Decreto aprobado incorpora las modificaciones del texto reglamentario acordadas entre ambas Administraciones.

Entre los cambios realizados se encuentra la implementación de un nuevo procedimiento para la coordinación de competencias inspectoras en el Impuesto sobre el Valor Añadido, que establece un procedimiento abreviado para la resolución de controversias.

También se actualizan las denominaciones de los órganos de la Administración General del Estado y de Navarra que han sido modificados.

Además, se introducen modificaciones en la regulación del inicio de los conflictos entre administraciones, con el objetivo de garantizar mayor seguridad jurídica en los trámites relacionados con la ratificación de la competencia o el rechazo de la misma.

Se añade un nuevo capítulo que regula los procedimientos especiales contemplados en el Convenio, como el procedimiento abreviado, el procedimiento de extensión de efectos de la resolución firme y el incidente de ejecución.

Estas modificaciones tienen como finalidad actualizar el Reglamento de la Junta Arbitral del Convenio Económico entre el Estado y Navarra para adaptarlo a los cambios técnicos del convenio.

Con esta actualización, se busca mejorar la eficiencia y efectividad del convenio en la resolución de conflictos entre la Administración del Estado y la de la Comunidad Foral de Navarra, así como con otras Comunidades Autónomas.

En resumen, el Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Reglamento de la Junta Arbitral del Convenio Económico entre el Estado y Navarra para adecuarlo a los cambios técnicos del convenio, garantizar una mayor seguridad jurídica y mejorar los procedimientos de resolución de conflictos.