El Tribunal Constitucional rechaza admitir el último recurso de un padre para impedir la eutanasia de su hija de 25 años, en un caso que ha recorrido varios tribunales desde la autorización en 2024. La decisión es unánime y pone fin, por ahora, a la vía judicial española.
En una sesión extraordinaria y por unanimidad, el Tribunal Constitucional de España ha desestimado el último recurso presentado por un padre para impedir la eutanasia de su hija Noelia, una joven de 25 años que padece paraplejía.
La decisión, tomada en clave estrictamente jurídica, confirma la inexistencia de una vulneración de un derecho fundamental tutelable, según el propio fallo del alto tribunal.
La resolución mantiene la línea de la jurisprudencia vigente y cierra, por ahora, la vía ante la jurisdicción española para revisar la autorización de la muerte asistida que se había dictado en 2024.
En ese marco, el Constitucional deja claro que no se aprecia una violación de la tutela efectiva ni de la capacidad de decisión de la paciente frente a la decisión de acceder a la eutanasia.
El historial judicial del caso refleja un recorrido complejo. El proceso inició cuando la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña concedió la autorización de la eutanasia para la hija mayor de edad y sin incapacitación declarada, un hecho que fue objeto de impugnación por parte del padre.
El juzgado de Cataluña rechazó inicialmente el recurso por entender que el progenitor no estaba legitimado para recurrir, dado que la afectada era mayor de edad.
El padre llevó entonces el asunto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que sí reconoció su legitimación para impugnar, pero concluyó que ninguno de los indicios aportados por la defensa demostraba la falta de capacidad de la paciente, y que al contrario, su voluntad de someterse a la eutanasia se mantenía firme desde abril de 2024.
Ante ese escenario, el siguiente paso lo dio el Tribunal Supremo, que inadmitió el recurso al entender que no se podían reexaminar las pruebas ya valoradas.
Así las cosas, el Constitucional ha inadmitido el último intento de revisión, cerrando un capítulo judicial que ha sido objeto de intenso debate público y jurídico en los últimos años.
Aunque la sala ha dejado sentada su posición, las partes no descartan nuevos movimientos legales a nivel internacional. Fuentes jurídicas mencionan, supuestamente, que la defensa podría acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para plantear el caso desde otra óptica; en ese sentido, algunos observadores señalan que la vía internacional podría activarse, presuntamente, si las circunstancias se consideran necesarias para la defensa de derechos fundamentales.
La eutanasia en España se regula desde 2021, cuando el Parlamento aprobó la ley que permite la muerte médicamente asistida para mayores de edad que sufran enfermedades graves e incurables o padecimientos crónicos e imposibilitantes que afecten a la autonomía y provoquen un sufrimiento físico o psíquico intolerable.
El caso de Noelia ha reabierto, una vez más, el debate sobre los límites de la autonomía personal y el papel de la familia en decisiones tan extremas, así como la protección de derechos en escenarios de fin de vida.
Es la primera vez que el TC aborda un caso de eutanasia desde la entrada en vigor de la norma, según ha indicado a EFE, entre otros, el ecosistema jurídico que acompaña estas cuestiones.
En resumen, la sentencia del Constitucional no admite la reconsideración de la decisión sobre la eutanasia de Noelia, al tiempo que deja abierta la puerta a eventuales acciones futuras, ya sea en el TEDH o en otros foros, para quienes consideren vulnerados sus derechos.
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