La ciudad refuerza la regulación de los VMP para mejorar seguridad, con casco obligatorio, edad mínima y límites de potencia, y alineación con normativa europea.
En Sevilla, el Ayuntamiento ha aprobado cambios en la Ordenanza de Circulación para clarificar y endurecer las reglas que regulan los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que circulan por la ciudad.
La modificación afecta principalmente a los artículos 51 bis. y 145 bis., con la finalidad de alinear la normativa local con la legislación estatal vigente y, al mismo tiempo, responder de forma técnica al incremento de incidentes en la vía pública en los que intervienen patinetes y sus ocupantes.
El texto, que hoy obtuvo la aprobación definitiva tras el visto bueno inicial de la Junta de Gobierno el pasado 12 de diciembre, pretende consolidar un modelo de movilidad que priorice la seguridad de los peatones y de los colectivos más vulnerables.
El delegado de Movilidad, Álvaro Pimentel, destacó que las alegaciones presentadas durante el periodo de exposición pública —diez en total— fueron analizadas minuciosamente por los técnicos municipales y, tras ese examen, no fueron admitidas.
Entre las medidas centrales se mantiene la prohibición de circular por vías ciclistas para los patinetes que superen los 250 vatios de potencia. Pimentel explicó que, en las alegaciones, presentadas por ocho personas y dos entidades, AMPES y Acontramano, se solicitaba eliminar esa restricción.
Afirmó que permitir vehículos de mayor potencia en carriles bici compartidos con peatones, que representan la mayor parte de la red, incrementaría de forma inasumible el riesgo de accidentes.
El responsable añadió que esta restricción no es arbitraria, sino que responde a criterios de seguridad vial y está alineada con el estándar europeo para los ciclos de pedaleo asistido, que fija la cifra de 250 W como límite práctico.
Además, el nuevo texto establece requisitos específicos para elevar la protección en la ciudad. A partir de ahora, el uso del casco será obligatorio y deberá ir siempre abrochado; la edad mínima para conducir un patinete eléctrico se fija en 15 años.
En circulación nocturna o con baja visibilidad, será imprescindible el chaleco reflectante para garantizar la visibilidad del conductor. También se prohíbe consumir alcohol o drogas durante la marcha, se exige alumbrado adecuado y se prohíbe el uso de auriculares mientras se circula.
El delegado resaltó que el objetivo es dotar a Sevilla de una herramienta jurídica sólida, respaldada por la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, para ordenar una realidad de transporte que exige convivencia, respeto y, sobre todo, seguridad para el peatón.
Con la nueva regulación, la ciudad gana en seguridad, las fuerzas de la Policía Local refuerzan sus herramientas de control y los ciudadanos perciben una mayor tranquilidad.
En cuanto a la implementación, la ordenanza entrará en vigor una vez que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Este marco normativo se inscribe dentro de una trayectoria que ha visto a Sevilla avanzar en seguridad vial para VMP desde hace años, con esfuerzos locales que complementan la normativa estatal y las directrices europeas.
A nivel histórico, la ciudad ha trabajado progresivamente para equilibrar el impulso de una movilidad más sostenible con la necesidad de proteger a peatones, personas con movilidad reducida y conductores de VMP.
En el ámbito regional y europeo, la regulación sobre este tipo de vehículos ha ido fortaleciendo aspectos como la velocidad, la circulación por zonas permitidas y las condiciones de visibilidad, y la experiencia acumulada en Sevilla y otras capitales ha servido para afinar la normativa vigente.
Las autoridades locales esperan que la nueva ordenanza sirva para reducir incidentes, facilitar la labor de la Policía Local y, sobre todo, contribuir a una convivencia más ordenada en las calles, con un enfoque claro en la seguridad y la responsabilidad individual de cada usuario.