La orden del Gobierno Vasco garantiza el servicio de comedor escolar ante huelga, otorgando mayor autonomía a los centros
El Ejecutivo vasco emite una orden para asegurar la continuidad del comedor en centros educativos durante la convocatoria de huelga, otorgando mayor autonomía a las direcciones para gestionar el servicio y definiendo funciones del personal.
En Euskadi, el Gobierno ha aprobado una orden por la que se garantiza la continuidad del servicio de comedor en los centros educativos gestionados directamente por la Consejería de Educación, ante la #huelga convocada por LAB y ELA para los días 10, 11 y 12 de marzo de 2026.
La medida, promovida por el Vicelehendakari y consejero de Economía, Trabajo y Empleo, Mikel Torres, otorga a los centros una mayor autonomía para organizar el servicio de comedor, de modo que se pueda adaptar a la diversidad de realidades que se presentan en las instalaciones, en el número de alumnado y en la organización de cada comedor, sin dejar de lado la necesidad de mantener la calidad educativa y la seguridad de los menores.
La convocatoria afecta al personal de cocina, office y monitores y monitoras de las empresas que prestan este servicio en 563 centros educativos, que atienden diariamente a 83.133 alumnos y alumnas desde Educación Infantil hasta Educación Secundaria. La Orden recuerda que el derecho de huelga es un derecho fundamental reconocido en la Constitución, pero subraya que su ejercicio no puede dejar desprotegidos otros derechos fundamentales como la educación, la integridad física o la seguridad de los menores.
En esa línea, y siguiendo la jurisprudencia reiterada del Tribunal Constitucional, se deben adoptar medidas proporcionadas que garanticen el equilibrio entre derechos fundamentales en conflicto.
El Departamento de Economía, Trabajo y Empleo señala que el servicio de comedor escolar es de carácter esencial por su función educativa, social y de apoyo integral al alumnado, especialmente en el caso de menores de corta edad o con necesidades educativas especiales.
Esta valoración está respaldada por resoluciones del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, cuyas decisiones se tienen en cuenta al fijar los servicios mínimos.
La Orden publicada hoy es prácticamente idéntica a la aprobada en la anterior convocatoria de huelga, pero, a la vista de los acontecimientos recientes, se han aclarado aspectos y se ha optado por otorgar una mayor autonomía a los centros para organizar el servicio de comedor, considerando factores como el número de alumnos, la estructura del comedor y las edades del alumnado, entre otros.
Servicios mínimos. A efectos informativos, la Orden establece los siguientes #servicios mínimos para garantizar el funcionamiento básico y seguro de los comedores escolares:
Personal de cocina: preparación de menús sencillos, seguros y adaptados a alergias e intolerancias.
Aplicación para todo el alumnado usuario del comedor. 10% del personal de cocina como mínimo, es decir, al menos una persona por centro.
Personal de office: montaje del comedor, recogida de mesas y limpieza. Servicio para todo el alumnado usuario. 10% del personal de office como mínimo, es decir, al menos una persona.
Personal monitor: Educación Infantil – Primer ciclo (2 y 3 años): 1 monitor/a por cada 9 comensales en 2 años y 1 monitor/a por cada 15 comensales en 3 años
Personal monitor: Educación Infantil – Primer ciclo (2 y 3 años): 1 monitor/a por cada 9 comensales en 2 años y 1 monitor/a por cada 15 comensales en 3 años.
En alumnado con necesidades educativas especiales, el número de monitoras y monitores será el indispensable para garantizar su adecuada alimentación y atención.
Para el resto del alumnado, el mínimo es el 15% del total de monitoras y monitores del centro, organizados de forma prioritaria para cuidar y vigilar a los niños y niñas de menor edad.
La Orden aclara que el personal monitor debe cubrir no solo el tiempo de comida, sino también las tareas de vigilancia, cuidado y acompañamiento desde el final de las clases de la mañana hasta el inicio de las de la tarde, incluyendo el tiempo de patio.
Como en cualquier convocatoria de huelga, la designación del personal que prestará los servicios mínimos y su organización corresponde a cada empresa, previa audiencia a la representación de las personas trabajadoras.
Los servicios mínimos pueden modificarse si así lo justifican razones higiénicas, biosanitarias o circunstancias extraordinarias, y se advierte que la perturbación de dichos servicios será considerada ilegal, con las responsabilidades correspondientes.
Por último, la orden enfatiza que las órdenes de servicios mínimos tienen carácter de mínimo e deben ejecutarse tal y como se expresan; cualquier directriz o interpretación posterior que se desvíe de este marco podría vulnerar el derecho a la huelga o al trabajo, que también debe ser garantizado durante el desarrollo de la huelga.
El Departamento de Economía, Trabajo y Empleo reitera que el objetivo de esta medida es asegurar que ningún menor quede desatendido, preservando al mismo tiempo el derecho de huelga de las personas trabajadoras.
Históricamente, #Euskadi ha recurrido a estos mecanismos de servicios mínimos para salvaguardar la #educación de los menores y evitar interrupciones graves en la enseñanza durante periodos de conflicto laboral.
Las resoluciones de tribunales vascos han respaldado la necesidad de mantener un mínimo vital que permita a los alumnos continuar con su rutina educativa, al tiempo que se respeta el derecho de huelga.
En esa línea, esta orden se enmarca como continuidad de una práctica que busca equilibrio entre derechos y protección de menores, con una supervisión adecuada por parte de las autoridades competentes y dialogo con las entidades representativas del personal.