Santander mantiene el IBI al mínimo legal y detalla opciones y plazos para su pago

El Ayuntamiento de Santander mantiene el IBI en el 0,40%, el mínimo legal, y explica plazos, fraccionamientos y vías de pago tanto para domiciliados como para no domiciliados.

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El Ayuntamiento de #Santander ha confirmado que, para este año, el tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) se mantiene en el 0,40%, el mínimo permitido por la Ley Reguladora de Haciendas Locales.

Este porcentaje se aplica a la mayoría de viviendas y locales y la cuota que corresponde a cada inmueble depende de su valor catastral.

El periodo voluntario de pago para los recibos no domiciliados arranca el lunes 4 de mayo y se extiende hasta el 6 de julio. En el caso de los vecinos con el pago domiciliado, que suponen aproximadamente el 80% del total, la cuota se cargará en cuenta en tres plazos: el 5 de mayo, el 6 de julio y el 7 de septiembre; o, si así lo solicitaron, en un único cobro el 6 de julio.

Algunas vías para realizar el pago son las oficinas de las entidades bancarias que colaboran con el Ayuntamiento, entre las que se encuentran Banco Santander, Unicaja, BBVA, CaixaBank, Banco Sabadell, Cajamar, Caja Rural de Asturias y Caja Viva.

También es posible abonar el importe en cajeros automáticos y mediante la banca online, siempre que el banco ofrezca ese servicio. Además, el Ayuntamiento pone a disposición la Oficina Virtual Tributaria (https://ovt.ayto-santander.es), desde la que se pueden gestionar trámites y pagos.

Para descargar las cartas de pago o gestionar otros trámites, los vecinos pueden dirigirse a la Oficina Virtual Tributaria o acudir a las oficinas de Recaudación Municipal (Antonio López 6).

También está disponible el teléfono de atención al contribuyente: 942 200 691, con horario de 08:00 a 20:00 h, de lunes a viernes. Este servicio permite consultar impuestos y tasas municipales, solicitar fraccionamientos, activar domiciliaciones y obtener información sobre recibos pendientes.

Ha destacado que el #IBI es un ejemplo del esfuerzo del equipo de gobierno para contener la carga fiscal y proteger la economía de las familias y de las empresas de Santander

El concejal de Economía, Javier García Ruiz, ha destacado que el IBI es un ejemplo del esfuerzo del equipo de gobierno para contener la carga fiscal y proteger la economía de las familias y de las empresas de Santander.

Según los datos del Ayuntamiento, mantener el 0,40% sitúa a Santander como la ciudad con el tipo impositivo más bajo de España. Para entender la magnitud de la diferencia con otras ciudades, la referencia oficial indica que el tipo medio en 2025 en ciudades de más de 50.000 habitantes fue del 0,634%.

En términos prácticos, para un inmueble con un valor catastral de 100.000 euros, la cuota del IBI en Santander sería de 400 euros, frente a una media de 634 euros en ciudades similares, lo que implica una diferencia de 234 euros a favor de Santander.

Este dato se utiliza para ilustrar la ventaja de aplicar el mínimo legal vigente en la ciudad.

Históricamente, el IBI se calcula a partir del valor catastral y los tipos impositivos pueden variar entre municipios dentro de los márgenes permitidos por la LRHL.

Santander, en este marco, opta por mantener el mínimo para favorecer a familias y negocios, manteniendo la transparencia de las gestiones y la claridad de los plazos para evitar recargos.

En resumen, el Ayuntamiento insiste en contener la presión fiscal local y en facilitar el pago a través de múltiples vías, con la voluntad de que las gestiones sean sencillas y previsibles para todos los contribuyentes.

Si necesitas más detalles, consulta la Oficina Virtual Tributaria o contacta con Recaudación Municipal para recibir asesoramiento personalizado.