La UE da un paso importante en la regulación del transporte aéreo, autorizando a las aerolíneas de bajo coste a cobrar por el equipaje de mano, pese a las críticas de algunos países como España y Alemania.

La Unión Europea ha avanzado significativamente en la regulación del sector del transporte aéreo con la aprobación de una nueva normativa que permite a las aerolíneas, especialmente aquellas de bajo coste, seguir cobrando por el equipaje de mano en cabina.
La decisión fue respaldada este jueves por la mayoría cualificada de los Estados miembros, aunque con la oposición de países como España, Alemania, Portugal y Eslovenia, y algunas abstenciones, entre ellas la de Austria y Estonia.
La reforma, impulsada por la presidencia polaca del Consejo de la UE, introduce cambios importantes en las reglas del transporte aéreo. Entre los aspectos destacados, se mantiene la gratuidad del equipaje de mano que cabe debajo del asiento, pero se legitima el cobro por las maletas que se colocan en los compartimentos superiores, práctica que ya era habitual en muchas aerolíneas de bajo coste, aunque operaba en un vacío legal hasta ahora.
Según informes de fuentes como 20 Minutos, esta medida busca modernizar y flexibilizar las normativas, permitiendo a las compañías ajustar sus modelos de negocio.
España se mostró firme en su rechazo a estas modificaciones. El Ministerio de Consumo español sancionó recientemente a cinco aerolíneas de bajo coste por prácticas que consideraba abusivas, entre ellas, el cobro por el equipaje de mano.
Las multas totalizaron aproximadamente 160 millones de euros, distribuidos entre Ryanair con unos 95 millones, Vueling con 35 millones, EasyJet con 25 millones, Norwegian con 1,5 millones y Volotea con 1 millón.
Además, estas compañías fueron sancionadas por imponer cargos adicionales por reservar asientos contiguos para menores o personas dependientes, por no aceptar pagos en metálico, por tarifas elevadas para imprimir tarjetas de embarque en los aeropuertos y por la falta de transparencia en sus precios.
La reforma también modifica otros aspectos relacionados con la experiencia del pasajero. Se elevan de 3 a entre 4 y 6 horas los minutos de retraso que dan derecho a compensación, dependiendo de la duración del vuelo. Además, se limita la obligación de asignar asientos contiguos gratuitos a personas dependientes, ya que ahora la disponibilidad en el momento de facturación será determinante, lo que podría implicar cargos adicionales para garantizar que viajen juntos.
Otra de las controversias que regula la normativa tiene que ver con prácticas polémicas que estaban prohibidas en países como España. Se legaliza el cobro por modificar datos personales en la reserva en las 48 horas previas al vuelo, y se mantiene la cláusula conocida como