La CAF sentencia a Senegal por incomparecencia: Marruecos gana la final de AFCON 2025 por 3-0

La Junta de Apelación de la CAF considera que Senegal perdió la final ante Marruecos por incomparecencia tras abandonar el césped, y establece sanciones para la federación senegalesa y otros incidentes durante el partido.

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En el fallo publicado, el organismo explica que, tras un penal, los jugadores senegaleses se marcharon de la cancha y amenazaron con no volver, una actitud que la #CAF interpreta como abandono del encuentro.

Como consecuencia, el resultado del partido quedó registrado como 3-0 a favor de la Real Federación Marroquí de Fútbol (FRMF).

La decisión se toma en aplicación del artículo 84 del #Reglamento de la AFCON. En su comunicado, la CAF señala que #Senegal incumplió ese apartado del reglamento, que prevé la derrota por incomparecencia cuando un equipo abandona el terreno de juego.

Con ello, la Federación Senegalesa de Fútbol (FSF) queda señalada por la conducta de su equipo, dentro del marco de los artículos 82 y 84, y la CAF confirma que la derrota por incomparecencia corresponde a la situación descrita en la norma.

La Junta de Apelación subraya, además, la responsabilidad de la FRMF en ciertos incidentes ocurridos durante los minutos finales. En concreto, la entidad marroquí fue considerada responsable de la conducta de los recogepelotas que estuvieron presentes en un tramo álgido del choque, y se le impuso una multa de 50.000 dólares por este aspecto. No se queda ahí el veredicto: la CAF también impuso #sanciones económicas por otros dos motivos relacionados con la producción del partido.

En primer lugar, una multa adicional de 100.000 dólares por interferencia en el área de revisión OFR/VAR. Este punto se refiere a las maniobras que rodearon la zona de revisión y que, a juicio de la CAF, incidieron en el desarrollo del partido en su tramo decisivo.

En segundo lugar, se impuso una multa de 10.000 dólares por el incidente del láser, que es uno de los elementos que suelen descolocar el normal fluido de un encuentro cuando se trata de incidentes extradeportivos.

En el comunicado difundido por la CAF se recuerda que la decisión de la Junta de Apelación anuló la resolución anterior del Comité Disciplinario y abrió la puerta a que el fallo final se mantenga tal como está

En el comunicado difundido por la CAF se recuerda que la decisión de la Junta de Apelación anuló la resolución anterior del Comité Disciplinario y abrió la puerta a que el fallo final se mantenga tal como está, con el marcador oficialmente registrado a favor de Marruecos.

Este episodio añade un capítulo más a la historia de las normas disciplinarias del #fútbol continental, donde las sanciones buscan no solo castigar, sino también disuadir conductas que pueden afectar la integridad de la competición.

Para comprender el alcance, conviene aclarar qué cubren exactamente los artículos citados. El artículo 82 suele recoger conductas de las federaciones y de las autoridades del fútbol que pueden influir de forma negativa en el desarrollo de un partido, mientras que el artículo 84 regula casos de incomparecencia o abandono por parte de un equipo.

En este caso, la combinación de ambos apartados ha permitido que la CAF determine que Senegal incumplió las normas y, por consiguiente, perdió la final por ese motivo.

Desde el prisma histórico, este tipo de resoluciones no es común, pero tampoco es una novedad en el fútbol africano. La #AFCON ha vivido事件 similares en distintas ediciones, donde las autoridades deportivas han utilizado los reglamentos para preservar la integridad de la competición.

En este sentido, el fallo de Rabat envía un mensaje claro a todas las federaciones: la CAF vigila con rigor cualquier conducta que pueda menoscabar la equidad del torneo, incluso cuando el desenlace deportivo ya está decidido por una acción de juego.

En definitiva, #Marruecos se lleva la gloria deportiva en una final que, más allá del resultado en el campo, quedará marcada por este fallo disciplinario.

Senegal deberá aceptar la derrota por incomparecencia, y la FSF, al igual que la FRMF, asume una responsabilidad que va más allá del césped: la gestión de conductas y actos que rodean a un evento de gran magnitud.