Se implementan medidas para afrontar la sequía en Cataluña

En Cataluña, los municipios que dependen del sistema Ter-Llobregat, conformado por 202 localidades de 14 comarcas y una población aproximada de seis millones de personas, están enfrentando una situación excepcional debido a la sequía.

Ante esto, se ha pasado al escenario de preemergencia, lo que significa que la excepcionalidad se ha agravado aún más.

Esta situación afecta a los municipios de Alt Penedès, Anoia, Bages, Baix Empordà, Baix Llobregat, Barcelonès, Berguedà, Garraf, Gironès, Maresme, Selva, Solsonès, Vallès Occidental y Vallès Oriental.

La fase de preemergencia es un nuevo escenario que no estaba contemplado en el Plan de Sequera, y se busca aplicar medidas transitorias y de adaptación de forma consensuada antes de declarar oficialmente la emergencia.

Estas medidas entrarán en vigencia una vez que la resolución sea publicada en el Diario Oficial de la Generalitat (DOGC), lo cual se espera que ocurra a principios de la próxima semana.

Entre las medidas previstas se encuentra la reducción del consumo máximo de agua a 210 litros por habitante y día, incluyendo actividades económicas y comerciales.

En el escenario de excepcionalidad, el límite era de 230 litros.

Además, se prohíbe el riego de césped en todos los casos, excepto en áreas destinadas a la práctica federada del deporte, donde se permite el riego con la mitad de la cantidad de agua actualmente utilizada.

También se permite el riego mínimo necesario para garantizar la supervivencia de los árboles.

En cuanto a las piscinas privadas, seguirá vigente la prohibición de llenarlas.

Únicamente se permitirá el rellenado parcial o el primer llenado en piscinas de uso público, siempre y cuando sea necesario para asegurar la calidad sanitaria del agua.

Por otro lado, está prohibida la limpieza de calles, alcantarillas, pavimentos, fachadas y similares con agua potable, ya sea público o privado, a menos que se trate de un accidente, un incendio o exista un riesgo sanitario o vial.

Los vehículos solo pueden ser lavados en establecimientos comerciales que cuenten con sistemas de recirculación del agua.

Asimismo, queda prohibido el llenado total o parcial de fuentes ornamentales, lagos artificiales y otros elementos estéticos que requieran agua, excepto cuando se trate de lagos artificiales indispensables para sostener la vida acuática.