La Unidad Disciplinaria de la Conmebol anunció sanciones a Universidad de Chile tras incidentes violentos en el estadio Libertadores de América, imponiendo multas y sanciones disciplinarias que superan los 90.000 euros.

Durante este jueves, la Unidad Disciplinaria de la Conmebol hizo público el expediente disciplinario abierto tras los incidentes de violencia ocurridos en las gradas del estadio Libertadores de América.

El documento detalla las infracciones cometidas por Universidad de Chile, que enfrenta sanciones por parte del organismo rector del fútbol sudamericano.

En el informe, se acusa a la institución chilena de incumplir varios artículos del Código Disciplinario de la Conmebol, específicamente en los apartados 8.1, 12.2 (b, c, i, j), 15.2 y 27, además del artículo 5.1.11 del Manual de clubes de la Conmebol Sudamericana 2025. Estas sanciones reflejan la gravedad de los hechos y la preocupación por la seguridad en los eventos deportivos.

Según lo establecido en el artículo 8.1 del Código Disciplinario, las asociaciones y clubes son responsables del comportamiento de sus jugadores, oficiales y público asistente, incluyendo a cualquier persona que actúe en su nombre durante los partidos, ya sean oficiales o amistosos.

Las infracciones pueden ser sancionadas tanto por intencionalidad como por negligencia. Esto implica que la responsabilidad recae en la institución por los actos de sus seguidores en el estadio.

Por otro lado, el artículo 12.2 regula la importancia del orden y la seguridad en los partidos. En este contexto, se sanciona comportamientos como el lanzamiento de objetos, encender bengalas o fuegos artificiales, y en casos de riñas o tumultos colectivos.

Además, cualquier conducta que altere la disciplina dentro o en las inmediaciones del estadio antes, durante o después del encuentro, puede acarrear multas y sanciones.

En relación con la discriminación, el artículo 15.2 establece que cualquier club o asociación cuya hinchada insulte o atente contra la dignidad de otros, por motivos de raza, etnia, orientación sexual u otros factores, será multada con un mínimo de 100.000 dólares de la moneda sudamericana, equivalente a aproximadamente 90.300 euros. En casos de reincidencia, la multa puede ascender hasta 400.000 dólares, unos 361.200 euros.

El artículo 27 contempla aspectos de reincidencia, reforzando la gravedad de repetir conductas sancionadas. Por su parte, el artículo 5.1.11 contempla medidas como la interrupción, suspensión, abandono o cancelación de partidos en caso de disturbios.

Supuestamente, la Universidad de Chile podría enfrentarse a multas que superan los 95.000 euros en caso de reincidencia en conductas discriminatorias o violentas, además de posibles sanciones deportivas que afectarían su participación en futuras competencias.

La institución aún no ha emitido una declaración oficial, pero estos hechos vuelven a poner en el centro del debate la responsabilidad de los clubes en la seguridad y convivencia durante los eventos deportivos.

Estas sanciones llegan en un momento en que los incidentes en los estadios sudamericanos han generado preocupación internacional, y la Conmebol busca fortalecer las medidas para prevenir futuros disturbios.

La situación también recuerda episodios pasados en la historia del fútbol sudamericano, donde la violencia en los estadios ha sido una sombra recurrente, afectando la imagen del deporte y poniendo en jaque la seguridad de todos los asistentes.

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