La Junta de Castilla y León ha implementado cambios significativos en las ayudas para trabajadores afectados por ERTE, facilitando el acceso y ampliando el número de beneficiarios.

La Consejería de Industria, Comercio y Empleo de Castilla y León ha dado a conocer recientemente la modificación de las bases reguladoras para las ayudas dirigidas a trabajadores afectados por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).

Esta nueva medida, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), busca extender el alcance de estas ayudas y simplificar los procedimientos necesarios para que los trabajadores puedan acceder a ellas.

El propósito de estas ayudas es mitigar la pérdida de poder adquisitivo de aquellos empleados que han sufrido una suspensión temporal de su contrato laboral o una reducción de su jornada debido a crisis empresariales.

La reciente modificación introduce cambios significativos que permitirán que un mayor número de trabajadores se beneficien de estas ayudas, de una manera más ágil y equitativa.

Una de las novedades más notables es que ahora podrán acceder a las ayudas los empleados que se encuentren en ERTE como resultado de una resolución judicial en el marco de un proceso concursal.

Anteriormente, estas ayudas estaban limitadas a los ERTE iniciados por las empresas bajo la autoridad laboral, excluyendo así a muchos trabajadores en situaciones igualmente complicadas.

Además, se ha eliminado la restricción que excluía a los trabajadores de empresas con más de mil empleados, lo cual generaba un trato desfavorable para estos empleados, independientemente del número de trabajadores o centros que tuviesen en Castilla y León.

Con esta nueva normativa, la Junta garantiza que el tamaño de la empresa no sea un impedimento para que los trabajadores reciban el apoyo que necesitan.

Otra modificación importante es la eliminación de la graduación económica de las ayudas, estableciendo una cantidad fija de 10 euros por cada jornada completa de suspensión, con un límite de 300 jornadas.

Este cambio busca promover un reparto más justo y equitativo de las ayudas, asegurando que todos los trabajadores reciban un apoyo proporcional a su situación.

En un esfuerzo por simplificar los trámites, se ha decidido eliminar la obligación de presentar el certificado de empresa, siempre que el trabajador esté percibiendo la prestación por desempleo durante el periodo subvencionable.

También se ha suprimido la exigencia de presentar las últimas cuatro nóminas, lo que facilita aún más el acceso a estas ayudas.

Estos cambios son un intento de la Junta de Castilla y León de adaptar las ayudas a las realidades actuales del mercado laboral y de asegurar que el apoyo llegue de manera efectiva a quienes más lo necesitan.

Se busca así promover una mayor equidad y justicia social, ampliando la protección económica a todos los trabajadores que se encuentren en situaciones de suspensión de contrato, sin importar el origen del expediente, el tamaño de la empresa o la duración de la suspensión.

Es esencial recordar que estas subvenciones están diseñadas para compensar la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores que han sufrido suspensiones o reducciones de jornada en sus centros de trabajo en Castilla y León.

Los beneficiarios pueden incluir a aquellos con contratos indefinidos fijos discontinuos cuya actividad se haya finalizado antes de lo previsto, así como a los trabajadores cuyos contratos han sido interrumpidos.

Para ser elegibles, los trabajadores deben haber estado afectados por la suspensión o reducción de jornada durante al menos 10 días dentro del periodo de subvención definido y su base de cotización no debe exceder los 4.000 euros mensuales (o su parte proporcional en contratos a tiempo parcial).

Con esta revisión de las ayudas, la Junta de Castilla y León se posiciona como un soporte vital para aquellos que han enfrentado dificultades laborales en un entorno económico desafiante.